Las Entidades Compradoras deben registrar en el Sistema de Información a todas las personas que participan en los procedimientos de contratación y ejecución contractual, sin importar su vínculo jurídico con la institución.
La nómina debe incluir a:
📝 Requirente de Compra: Quien solicita formalmente un producto o servicio.
🏢 Unidad de Compra o unidad equivalente: Integrantes que intervienen en el proceso de compra.
📊 Evaluador o Comisión Evaluadora: Persona o integrantes que evalúan y proponen al adjudicatario o contratista.
⚖️ Visador Jurídico: Encargado de revisar los aspectos legales del acto administrativo.
📂 Administrador de Contrato: Responsable de la gestión del contrato.
✍️ Firmante: Autoridad o jefatura que firma el acto administrativo o su delegado.
👉 Todos estos participantes deben presentar una declaración de patrimonio e intereses (Ley N° 20.880) dentro de los 30 días hábiles de asumir la función, y actualizarla en marzo y septiembre si corresponde.
🔒 La nómina no es pública, pero puede solicitarse bajo la Ley de Transparencia (N° 20.285). La Dirección de Compras debe facilitar el acceso inmediato a la Contraloría, la Fiscalía Nacional Económica y el Ministerio Público.
Este artículo busca aplicar las prohibiciones del inciso tercero del artículo 35 quáter de la Ley de Compras, identificando al personal que participa en los procedimientos de contratación.
La jefatura superior de cada Entidad debe emitir, a más tardar el 31 de enero de cada año, una resolución que identifique a:
Personas de la Unidad de Compra o unidad equivalente (numeral 2 del Artículo 13).
Administradores de Contrato (numeral 5 del Artículo 13).
Todos los usuarios con perfil de “Comprador” o “Supervisor” en el Sistema de Información.
📅 Esta resolución debe registrarse junto con el Plan Anual de Compras y Contrataciones en el Sistema de Información.
✅ En resumen:
El Artículo 13 asegura transparencia y trazabilidad mediante la identificación de quienes intervienen en las compras públicas.
El Artículo 14 establece la inhabilidad de ciertos funcionarios, evitando conflictos de interés y reforzando la probidad.
Si requieres más información de como operativizar esta información en los procesos de compra, te recomendamos que veas el siguientes video: