La Compra Ágil es un procedimiento especial diseñado para facilitar adquisiciones rápidas de bienes y servicios por parte de organismos públicos, con un enfoque prioritario en la participación de Empresas de Menor Tamaño (EMT). Este mecanismo busca simplificar los procesos y fomentar la eficiencia y transparencia en el sistema de compras públicas.
Monto límite: Aplica para adquisiciones cuyo valor sea igual o inferior a 100 UTM, según el mes de emisión de la Orden de Compra (OC). Este límite incluye compras con ejecución diferida.
Sin acto administrativo: No requiere dictación de resolución ni la firma de un contrato. El vínculo contractual se perfecciona con la aceptación de la OC por parte del proveedor.
Exenta de Convenio Marco: No es obligatorio revisar el catálogo de Convenios Marco antes de usar este mecanismo.
Enfoque en EMT: Está orientada exclusivamente a Empresas de Menor Tamaño, ya sean personas naturales o jurídicas, de acuerdo con la Ley N° 20.416.
Cotizaciones dentro del sistema: Las solicitudes deben hacerse exclusivamente a través del sistema dispuesto para Compra Ágil. El proceso puede continuar aunque se reciban menos de tres cotizaciones.
Modificar la Orden de Compra: Una vez emitida, no puede ser editada ni corregida en el sistema.
Emitir Solicitud de Envío (SE): Esta acción no está habilitada en este tipo de compra.
Alterar el contenido del requerimiento: Las especificaciones del requerimiento deben coincidir exactamente con las de la OC. No se admiten modificaciones posteriores.
Fragmentar la compra: No está permitido dividir artificialmente las compras para evitar una licitación pública. Esto puede acarrear sanciones de 10 a 100 UTM, además de otras medidas administrativas.
Cotizar parcialmente: Las EMT deben cotizar la totalidad del requerimiento. No se aceptan cotizaciones por línea de producto o servicio.
Declarar inadmisibles cotizaciones sin reversa: Esta acción es definitiva. Si todas las ofertas se declaran inadmisibles, el proceso se declarará desierto y no podrá revertirse.
Cancelación automática: Si en 30 días no se selecciona una cotización estando en estado “Cerrada”, el sistema cancelará automáticamente el proceso. Un aviso será emitido cinco días antes de la fecha de vencimiento.
Ediciones limitadas en estado "Publicada": Solo se puede ampliar el plazo de cierre o cancelar la solicitud (haya o no cotizaciones recibidas).
Justificación de decisiones: Si se selecciona una oferta que no es la más económica, se deben dejar registradas las razones.
Gestión de cotizaciones inadecuadas: Si las ofertas superan el presupuesto o no se ajustan a lo requerido, deben declararse inadmisibles y volver a iniciar el proceso.
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