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¿Qué son las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) y cómo funcionan en las compras públicas? Actualizado el 15/07/2025 20:15:55

Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) son un mecanismo que permite a un conjunto de empresas de menor tamaño (EMT), asociarse para presentar una oferta conjunta en procesos de compra pública, como licitaciones, convenios marco o contrataciones directas. Esta asociación no requiere constituir una sociedad formal.

Principales características de las UTP:


  • Propósito y vigencia:


    • Se constituyen exclusivamente para un proceso de compra específico.

    • Su duración debe ser igual o superior a la del contrato adjudicado, incluidas sus prórrogas.

    • El acuerdo debe formalizarse mediante escritura pública, salvo en adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, donde se acepta instrumento público o privado.

    • El documento que formaliza la UTP debe adjuntarse al momento de la oferta 


  • Responsabilidad y representación:


    • Los miembros de la UTP deben asumir responsabilidad solidaria por las obligaciones del contrato.

    • Debe designarse un representante común con poderes suficientes para actuar en nombre de todos 


  • Habilidad e inhabilidades:


    • Cada integrante debe estar hábil en el Registro de Proveedores.

    • Las inhabilidades legales afectan individualmente a cada integrante.

    • Si uno queda inhábil, la UTP puede continuar sin él o desistir del proceso.

    • La UTP será inadmisible si incluye empresas que no son de menor tamaño, salvo en excepciones. 


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  • Durante la ejecución del contrato:


    • Un integrante inhábil puede ser reemplazado por otro proveedor, siempre que cumpla los requisitos originales.

    • El cambio requiere autorización previa de la entidad contratante y debe haberse ejecutado al menos un 20% del contrato.

    • Debe mantenerse al menos una empresa adjudicataria original.


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  • Limitaciones y excepciones:


    • Ningún integrante puede participar en otra oferta del mismo proceso.

    • Excepcionalmente, pueden participar empresas de cualquier tamaño en UTPs formadas para Contratos para la Innovación o Diálogos Competitivos de Innovación (Ley N° 19.886 en su Artículo 55).


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En resumen, las UTP son una herramienta regulada por la Ley N° 19.886 y su reglamento, que fomenta la participación colaborativa de empresas de menor tamaño en el sistema de compras públicas, promoviendo una mayor inclusión y competencia.


 
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