
Estimados usuarios:
Para facilitar las adquisiciones de bienes y servicios relacionados con la
emergencia preventiva para las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso,
Metropolitana de Santiago, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y
Los Ríos, vigente desde el 13 hasta el 21 de julio de 2026, pueden revisar
las recomendaciones para compras de emergencia y las maestras de Convenio
Marco disponibles en nuestro sitio web:
Información sobre Compras de Emergencia
Atentamente,
Dirección ChileCompra
➡️ Su existencia contribuye directamente a la separación de roles: quien evalúa no debe haber elaborado los requerimientos ni administrar el contrato, lo que previene conflictos de interés y favorece la transparencia.
📝 Nota especial: En licitaciones de arquitectura o urbanismo, la comisión debe tener al menos cinco miembros, mayoría arquitectos.
El artículo 12 establece que las entidades deben delimitar los roles y competencias del personal que participa en los distintos hitos del proceso de compra:
➡️ Estos deben ser realizados por funcionarios distintos o equipos diferenciados, para evitar conflictos de interés, aumentar la eficiencia y promover la responsabilidad administrativa.
La comisión evaluadora representa una aplicación directa de este principio, al concentrar exclusivamente la función de evaluación y mantenerse separada de otros roles como la preparación de bases o la ejecución contractual.
Si una entidad pública considera incluir en la comisión evaluadora a una persona que también participó en otras etapas del proceso (como la elaboración de bases o administración del contrato), debe:
📌 Buena práctica: Se sugiere establecer estas directrices expresamente en el Manual de Procedimientos de Adquisiciones de la institución, dejando definidos los perfiles, funciones y restricciones aplicables a los miembros de las comisiones evaluadoras.
La comisión evaluadora materializa el principio de delimitación de funciones, al garantizar que quienes evalúan ofertas sean distintos de quienes formularon requerimientos o administran el contrato. En casos donde esta separación no sea clara, se recomienda una revisión legal interna y dejarlo expresamente regulado en el Manual de Procedimientos, para asegurar la probidad del proceso y evitar riesgos legales o administrativos.