
Estimado usuario: Si desea conocer los precios actualizados del Convenio Marco de Gas, puede acceder al siguiente enlace: https://chilecompra-notifications-pinpoint.mercadopublico.cl/Documentos+de+%C3%81rea+atenci%C3%B3n+usuaria/Precios+CM+de+Gas+22052026.pdf
El Convenio Marco de Endoprótesis, Ortopedia y Trauma ID 2239-15-LR25 busca facilitar el acceso de la red pública de salud a dispositivos médicos implantables, sistemas de fijación ósea, instrumental y equipamiento quirúrgico especializado, permitiendo compras más ágiles, estandarizadas y eficientes a través de Mercado Público. El convenio contempla productos para procedimientos traumatológicos y ortopédicos, incorpora modalidades como consignación y tránsito, y considera reglas específicas sobre catalogación, cobertura regional, acuerdos complementarios y operación mediante BackOffice.
Este documento reúne las principales preguntas frecuentes realizadas por proveedores y compradores respecto de la operación del convenio, modalidades de compra, funcionamiento del BackOffice, cobertura regional, acuerdos complementarios, catalogación de productos y reglas de operación aplicables
En la plataforma no aparecen todos mis códigos adjudicados. ¿Qué puedo hacer?
¿Se pueden cursar diferentes multas simultáneas por un mismo incidente?
¿Qué ocurre con los plazos de pago y las sanciones por incumplimiento?
¿Es posible eliminar una modalidad de consignación para productos a pedido?
¿Cómo se aplican las multas por instrumental sucio o con restos orgánicos?
¿Cómo se modifica el representante quirúrgico visible en tienda?
¿Qué ocurre con productos que existen en el mercado pero no están en el Convenio Marco?
¿Qué ocurre si los centros publican licitaciones con productos disponibles en Convenio Marco?
¿Qué significa quedar fuera de una región por “rechazo del representante legal”?
¿Se pueden ingresar posteriormente productos no adjudicados inicialmente?
¿El rechazo de órdenes de compra aplica solo a consignación?
¿Cómo funciona la regla de precio al ampliar cobertura regional?
¿Qué ocurre con contratos suscritos antes de la entrada en vigencia del Convenio Marco?
¿Es obligatorio consultar el Convenio Marco antes de iniciar una licitación?
¿Se pueden utilizar otros mecanismos de compra si el producto no está en Convenio Marco?
¿Los términos de facturación deben regularse mediante acuerdo complementario?
¿Cómo se gestionan productos con distintas tallas o medidas?
¿Qué ocurre si existe una licitación paralela con productos del Convenio Marco?
¿Cuándo estará disponible la funcionalidad para “colgarse” de fichas existentes?
¿Se abrirán nuevas medidas o aperturas de fichas de productos?
¿Se generará un instructivo para agregar productos a IDs existentes?
Respuesta: Una venta a consignación corresponde a una modalidad en la que el proveedor pone a disposición del establecimiento de salud los productos, kits, instrumental y equipos necesarios para la realización de los procedimientos clínicos, manteniendo su propiedad hasta que estos sean efectivamente utilizados.
Respecto de la compra, esta se genera como en cualquier convenio marco, sin embargo, por la complejidad de la modalidad, se recomienda suscribir un acuerdo complementario señalada en la cláusula 10.2 de las bases de licitación.
Respuesta: El sistema no permite órdenes de compra por menos de 30 UTM. Solo se permiten órdenes compras entre 30 UTM y 25.000 UTM.
Respuesta: Todos los productos adjudicados se encuentran visible sen tienda. Respecto de los incidentes (CRM) se encuentran todos respondidos.
Respuesta: Se paga el kit completo según precio catalogado, sin perjuicio que de común acuerdo (campo observación de la orden de compra o acuerdo complementario) se establezca que se pagará a solo por los ítems utilizados del kit.
Respuesta: Se pueden comprar por separado según las fichas disponibles.
Respuesta: Sí, con un tope del 30% del total.
Respuesta: Mientras tenga la representación, no hay problema puede haber múltiples distribuidores para un mismo producto.
Respuesta: La DCCP no es responsable por el pago que realicen las entidades públicas; en caso de incumplimiento, se debe resolver en sede legal, sin perjuicio de las acciones administrativas ante Contraloría. Las sanciones las determina Contraloría y los tribunales civiles.
Respuesta: Sí, la capacitación compradores está disponible para los organismos en el portal de formación.
Respuesta: Se realizará una nueva instancia de preguntas el miércoles 20 de mayo.
Respuesta: Se recomienda realizar un acuerdo complementario con la entidad compradora para dejar regulado por contrato este aspecto y otros asociados al tratamiento de los productos.
Respuesta: El proveedor puede dejar sin stock uno o más productos adjudicados a partir del primer día hábil del cuarto mes de entrada en vigencia del Convenio Marco. Esa acción se realiza por el Back-Office.
Respuesta: Sí, se subirá en los adjuntos de la licitación.
Respuesta: Eso hay que dejarlo regulado por acuerdo complementario para evitar problemas.
Respuesta: Las multas de la cláusula 10.15.1 son aplicables solo cuando la situación es de responsabilidad del proveedor.
Respuesta: La información del representante quirúrgico visible en tienda es la misma información realizada en la oferta. Para mayor detalle ver el comprobante de oferta.
Para realizar un cambio debe solicitarlo al jefe de producto de la licitación, mediante carta entregando todos los antecedentes que den cuenta que las nuevas personas cumplen con las condiciones establecidas en bases.
Respuesta: Se dispuso la maestra de productos en formato Excel en la ficha de la licitación y está disponible el enlace https://datos-abiertos.chilecompra.cl/descargas/convenio-marco. Adicionalmente, se dejó una mesa de contacto con MINSAL para resolver dudas.
Respuesta: Las bases de licitación establecen en la cláusula 10.6 numero III que puede rechazar la orden de compra:
“III. Que la Entidad que emite la orden de compra tenga pendiente la facturación de alguna compra por falta de recepción conforme o por razones no imputables al proveedor.”
Respuesta: Si esa situación se está dando, el comprador debe informar que obtuvo mejores condiciones comerciales fuera del convenio; de lo contrario, está cometiendo una irregularidad que puede ser informada al Observatorio de Compras de la DCCP y/o a Contraloría.
Respuesta: Sí, es automática.
Respuesta: Solo el asistente quirúrgico podría dejar fuera una región, o bien que no haya ningún producto adjudicado desde el día 1; pero estando adjudicado, se puede ampliar a cualquier región y sumarse a cualquier producto adjudicado.
Respuesta: Sí, se puede, pero cumpliendo las reglas de precio y para mejorar las condiciones comerciales del convenio.
Respuesta: Sí, pero si el producto no está catalogado, primero hay que catalogarlo. Ese primer ingreso lo debe solicitar un organismo comprador por oficio a la DCCP.
Respuesta: El rechazo de ordenes de compra señalado en la cláusula 10.6 de las bases de licitación aplica a todas las modalidades: consignación y tránsito.
Respuesta: Sí.
Respuesta: Si hay un producto con marca visible en una región, hay una ficha disponible para todas las regiones. La regla de precio cambia si el producto tiene ofertas o no. Para mayor detalle, ver cláusula 10.12 de las bases de licitación.
Respuesta: Cada institución de salud es la indicada de analizar el mecanismo de compra más conveniente económicamente (licitación actual) y de lo contrario emitir OC por convenio marco, eligiendo aquella contratación en la que se tengan condiciones más ventajosas.
Respuesta: Sí, es normativo y es responsabilidad del comprador.
Respuesta: Si el producto no está en el CM, pueden pedir a la DCCP que se cree el producto en el convenio marco si está dentro del alcance, o bien utilizar otro mecanismo de compra.
Respuesta: Exacto, es la recomendación. Cada institución debe confeccionar el acuerdo complementario teniendo como base las cláusulas indicadas en las bases administrativas del convenio marco (2239-15-LR25).
Respuesta: Respecto de las imágenes, la información fue enviada vía correo por parte del Departamento de Catalogación.
Respuesta: Si la marca no está adjudicada, sí, el organismo comprador debe solicitar vía oficio la creación del producto nuevo. Si el producto ya existe, cuando se habilite la funcionalidad será un proceso automático por el Back-Office. El manual detallará la forma.
Respuesta: En el corto y mediano plazo no se tiene considerador realizar nuevas aperturas de ficha de productos. Para determinar la talla exacta, el comprador lo solicita mediante el campo observación de la orden de compra.
Respuesta: Las mejores condiciones comerciales se deben entregar en el Convenio Marco. Si el organismo usa otra vía en condiciones menos ventajosas, estaría cometiendo una irregularidad que puede ser informada al Observatorio de Compras de la DCCP y/o a Contraloría.
Respuesta: La funcionalidad para “colgarse” de fichas de productos existentes estará disponible a contar del 22 de mayo.
Respuesta: Las fotos deben enviarse a: Catalogacion@DccpCompras.onmicrosoft.com
Respuesta: Se subirá un manual de cómo opera el back-office en la sección de archivos adjuntos de la ficha de la licitación.
Respuesta: En el corto y mediano plazo no se tiene considerador realizar nuevas aperturas de ficha de productos. Para determinar la media exacta en los kits por ejemplo, el comprador lo solicita mediante el campo observación de la orden de compra o como parte de las condiciones establecidas en el acuerdo complementario.
Respuesta: La funcionalidad para “colgarse” de fichas de productos existentes estará disponible a contar del 22 de mayo.
Respuesta: Respecto de las imágenes, la información fue enviada vía correo por parte del Departamento de Catalogación.
Respuesta: La funcionalidad para “colgarse” de fichas de productos existentes estará disponible a contar del 22 de mayo. Si el producto no está creado, primero se debe crear para ello un organismo público debe solicitar la creación mediante oficio a la DCCP.
Respuesta: Se subirá un manual de cómo opera el back-office en la sección de archivos adjuntos de la ficha de la licitación.