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La modernización de la Ley de Compras Públicas, que entra en vigor el 12 de diciembre de 2024, introduce cambios significativos para mejorar la transparencia, la participación y la competitividad en los procesos de adquisición pública. A continuación, se destacan los principales beneficios y transformaciones que beneficiarán a los usuarios:

 


1. Mayor participación y competencia

Nueva Compra Ágil

 

El límite para la Compra Ágil aumenta de 30 a 100 UTM (aproximadamente 6,7 millones de pesos). Esta modalidad fomenta la participación de las Empresas de Menor Tamaño (EMT), brindándoles mayores oportunidades de negocio.

  • Solo las EMT podrán participar en una primera instancia.
  • Si no se reciben cotizaciones, la entidad compradora podrá ampliar la convocatoria a otros proveedores.

 

Unión Temporal de Proveedores (UTP)

 

Se permite que empresas y personas se asocien temporalmente para ofertar de forma conjunta.

  • Desde el 12 de diciembre de 2024, las UTP estarán limitadas a EMT, salvo en contratos de innovación o diálogos competitivos.

 

Límite a los montos de garantías

  • Solo se solicitarán garantías de seriedad de oferta en compras superiores a 5.000 UTM.
  • El monto de la garantía no podrá exceder el 3% del valor de la licitación o deberá ser razonable para no desincentivar la participación de los oferentes.

 

Preferencia a proveedores locales

En licitaciones menores a 500 UTM, las municipalidades, gobiernos regionales y otros organismos podrán dar prioridad a proveedores locales dentro de su territorio.

 

Convenio Marco con criterios inclusivos

Se introducirán cláusulas que prioricen la adjudicación por zonas geográficas, permitiendo que proveedores locales amplíen gradualmente su alcance en sus respectivas regiones.

 

Nuevo Plan Anual de Compras

Las instituciones públicas deberán publicar un Plan Anual de Compras, anticipando sus necesidades para que los proveedores puedan planificar su participación.


 

2. Más probidad y transparencia

Reducción de Trato Directo

  • Se reducen las causales que permiten contrataciones directas.
  • Las entidades estarán obligadas a publicar su intención de contratar mediante trato directo, como en casos donde solo existe un proveedor disponible.

 

Habilitación en el Registro de Proveedores

  • Los proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro de ChileCompra para participar en licitaciones o recibir órdenes de compra.
  • Las tarifas del registro serán diferenciadas según el tamaño de la empresa.

 

Inhabilidades para proveedores

Desde el 11 de diciembre de 2023, los proveedores no podrán registrarse si presentan:

  • Condenas por delitos concursales, tributarios, cohecho, financiamiento al terrorismo o lavado de activos.
  • Condenas por incumplimientos contractuales con organismos del Estado.
  • Antecedentes falsos no subsanados en el plazo estipulado.

 

Declaración Jurada del Registro de Proveedores

Las personas jurídicas deberán declarar a sus beneficiarios finales y administradores, fortaleciendo la transparencia y la probidad.

 

Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP)

Los funcionarios involucrados en procesos de compra deberán completar una Declaración de Intereses y Patrimonio, con actualizaciones semestrales.

 

Nueva Ficha Comprador

La plataforma incluirá información relevante sobre los compradores, como:

  • Promedio de días de pago.
  • Reclamos de proveedores.
  • Adquisiciones previas.
    Esto permitirá a los proveedores evaluar el comportamiento de las entidades compradoras.

 

Gestión de contratos

Las instituciones deberán monitorear la ejecución de los contratos, asegurándose de completar los hitos establecidos en cada proceso.


 

Nota importante:
Estos cambios buscan modernizar y transparentar las compras públicas, fortaleciendo la participación de las Empresas de Menor Tamaño y elevando los estándares de probidad en los procesos.