Vistas:

Por programa de integridad se entenderá un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos. Este tipo de programas es fundamental para garantizar que las contrataciones y operaciones en el sector público se realicen de manera ética, conforme a la normativa vigente y en beneficio del interés general. El artículo 17 del reglamento N°661/24, establece que los proveedores que contraten con Entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será un criterio de evaluación en licitaciones. En Tratos Directos, esta exigencia se incluirá en cláusulas específicas del contrato. Sobre la forma de acreditar los programas de integridad, para las personas naturales o jurídicas, se deberá a estar a lo que indique la entidad licitante. Además, debe demostrar que el programa es conocido por sus trabajadores.

La Contraloría General de la República en su dictamen E370752 del 20 de Julio de 2023 ha indicado que “procede que se incluya en las bases de licitación un criterio de evaluación referido a si los oferentes cuentan con programas de integridad que sean conocidos por su personal. En el caso de los tratos directos, esa materia deberá ser mencionada en algunas de las cláusulas contractuales.”. A su vez, el dictamen número E586179N24 del 30 de diciembre del 2024, en su apartado sobre el criterio relacionado con los programas de integridad y compliance respecto de personas naturales, ha indicado que “no se observa inconveniente en que los proponentes que sean personas naturales puedan acceder al puntaje de ese criterio”. El mismo dictamen ha facultado a las entidades a “asignan puntaje a los proveedores que no cuenten con un programa de integridad, pero que se comprometen a implementarlo” con la condición de que “la oferta deberá señalar el plazo dentro del cual se efectuará dicha implementación”