Sí, es necesario estar hábil en el Registro de Proveedores para ser contratado por los organismos del Estado. Esto significa que el proveedor debe estar inscrito en el registro y no estar sujeto a ninguna causal de inhabilidad que le impida contratar con el Estado.
Aquí te detallo los puntos clave al respecto:
- Inscripción Obligatoria: Para participar en cualquier proceso de contratación y para suscribir contratos con organismos del Estado, los proveedores deben estar inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores.
- Verificación de Habilidad: Es responsabilidad de las entidades contratantes verificar que los proveedores estén hábiles en el Registro de Proveedores antes de iniciar cualquier proceso de contratación. Las entidades no pueden solicitar documentación que ya se encuentra en el Registro.
- Causales de Inhabilidad: Un proveedor puede ser inhabilitado por diversas razones, lo que le impide contratar con el Estado. Algunas de las causales incluyen:
- Condenas por delitos como delitos concursales, cohecho, lavado de activos, entre otros.
- Incumplimiento contractual grave con entidades estatales.
- Condenas por prácticas antisindicales o infracciones a los derechos fundamentales del trabajador.
- Estar incluido en listas de personas inelegibles de instituciones financieras multilaterales.
- Presentar información falsa o engañosa en el Registro.
- Tener deudas tributarias, previsionales o de salud .
- Estar en proceso de liquidación por resolución judicial .
- Efectos de la Inhabilidad: Si un proveedor es inhabilitado, no podrá participar en nuevos procesos de contratación. Si ya tiene contratos vigentes, estos pueden continuar siempre que la entidad lo justifique por interés público.
- Unión Temporal de Proveedores (UTP): Cada integrante de una UTP debe estar hábil en el Registro de Proveedores. Si un miembro se vuelve inhábil, la UTP deberá decidir si continúa con los restantes miembros o se desiste del proceso.