Vistas:

- Adjudicar mediante Resolución fundada o  Decreto Alcaldicio, la cual debe publicarse en el sitio Institucional de cada organismo. Verificar la habilidad del proveedor: los proveedores adjudicados, para firmar los contratos definitivos, deberán acreditar que no tienen causales de inhabilidad enumeradas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley de Compras (Delitos de cohecho, prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, detalle de quiebras, deudas tributarias, deudas previsionales).

- Publicarlas en el sitio web de Trasparencia Activa, en la sección  “Adquisiciones y contrataciones: Contrataciones relativas a Bienes Inmuebles y Otras Compras / Compras excluidas de Mercado Público”.