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De acuerdo a lo establecido en el Oficio Ordinario 1024 del 22-04-2021, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), Chilecompra no se encuentra obligada a emitir facturas ni boletas de ventas y servicios no afectas o exentas de IVA electrónicas por el pago de la tarifa que hacen los proveedores del Estado por la inscripción en el Registro de Proveedores. Este documento especifica que, en lugar de emitir facturas o boletas electrónicas, Chilecompra puede optar por emitir cualquier otro tipo de documento que acredite de manera adecuada la recepción de los pagos correspondientes a las tarifas de inscripción.

Es importante destacar que esta disposición permite a Chilecompra una mayor flexibilidad en la gestión documental de los pagos, siempre y cuando se garantice que dichos documentos cumplen con los requisitos necesarios para reflejar la transacción y la percepción de las sumas de dinero involucradas.

En términos prácticos, cuando un proveedor del Estado realiza el pago de la tarifa de inscripción en el Registro de Proveedores a través del portal de Mercado Público, el sistema le mostrará una notificación confirmando la transacción realizada. Esta notificación sirve como comprobante de que el pago ha sido efectuado correctamente. Además, el proveedor puede acceder a este comprobante en su cuenta en cualquier momento, lo que le permite mantener un registro adecuado de sus pagos y transacciones realizadas dentro del sistema de Mercado Público.

Por lo tanto, aunque Chilecompra no emita facturas o boletas electrónicas para estas transacciones específicas, asegura la transparencia y la trazabilidad de los pagos realizados mediante la emisión de otros documentos que cumplen con las normativas y requisitos establecidos por el SII, garantizando así que los proveedores puedan tener una constancia clara y verificable de sus pagos.