Vistas:

1. Inclusión de personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, jóvenes desempleados o indígenas (minoría étnica): la entidad contratante puede procurar para el caso de que se trate, por ejemplo, de la contratación de servicios generales o de carácter estándar (por ejemplo, servicios de aseo).

2. Criterios de evaluación inclusivos relativos a mujeres e igualdad de género: la entidad contratante puede procurar una mayor integración e inclusión de las personas anteriormente señaladas, a través de la formulación de criterios de evaluación que premien a aquellos empleadores que contemplen condiciones o políticas favorables.

3. Promoción de mejores condiciones de empleo y remuneración: una mejora en las condiciones de empleo y remuneración puede impulsarse desde las compras públicas con la incorporación de criterios de evaluación que otorguen puntaje a aquellas empresas que promuevan mejores prácticas laborales, como promoción de la salud y seguridad en el trabajo, capacitación permanente, salarios dignos e incentivos a los trabajadores u otros similares.

4. Criterios de desempate inclusivos: una práctica recomendable y que permite fomentar las prácticas de contratación pública inclusivas es el señalar que “ante igualdad de puntaje final entre dos o más oferentes, se elegirá a aquel que haya sacado un mejor puntaje en el criterio de evaluación inclusivo que se hubiese sido determinado en las bases”

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