De acuerdo con la información proporcionada en las fuentes, para el procedimiento de Compra Ágil, la solicitud de cotizaciones debe realizarse obligatoriamente a través de medios electrónicos.
- El artículo 18 de la Ley N° 19.886 establece que los organismos públicos deben utilizar únicamente sistemas electrónicos o digitales para los procesos de compra y contratación, incluyendo la solicitud de cotizaciones.
El artículo 97 del Reglamento especifica que la Compra Ágil se realiza a través del Sistema de Información, lo que implica el uso de medios electrónicos para solicitar las cotizaciones.
En consecuencia, no es posible solicitar las cotizaciones a través de medios físicos para este tipo de procedimiento.