Vistas:

La sanción que recibe el proveedor que falsifica información recae en la eliminación de forma permanente del Registro de Proveedores, en caso de comprobarse que los antecedentes presentados por este son maliciosamente falsos, han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación.

El artículo 96 del Reglamento de Compras Públicas, faculta a la Dirección ChileCompra para ejercer dicha sanción.