Vistas:

El Art. 37 del Reglamento de Compras Públicas, expresa que aquellas Licitaciones que revistan de gran complejidad y todas aquellas superiores a 1.000 UTM deberán designar una Comisión Evaluadora.

Para mayores recomendaciones e instrucciones para el funcionamiento de las comisiones evaluadoras, lo invitamos a leer la Directiva 14.