Vistas:

Sí, puedes utilizar Compra Ágil incluso si existe un Convenio Marco vigente para el bien o servicio que necesitas. La Ley N° 19.886 establece que los organismos públicos están obligados a comprar a través de Convenios Marco para los bienes o servicios que se encuentren disponibles en ellos salvo que, por su propia cuenta, obtengan directamente condiciones más ventajosas.

En este sentido, si a través de Compra Ágil consigues mejores condiciones que las ofrecidas en el Convenio Marco (por ejemplo, un precio más bajo, mejores plazos de entrega, etc.), puedes optar por este procedimiento de contratación. Sin embargo, debes documentar adecuadamente las condiciones obtenidas y las razones por las que se considera que son más ventajosas, para efectos de control y fiscalización.

 

Es importante tener en cuenta que:

 

  • Compra Ágil se utiliza para adquisiciones de un monto igual o inferior a 100 UTM. Si la compra supera este monto, no podrás utilizar este procedimiento, incluso si encuentras mejores condiciones que en el Convenio Marco.
  • Debes solicitar al menos tres cotizaciones a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Si no seleccionas al proveedor que ofreció el menor precio, debes fundamentar tu decisión en la orden de compra.
  • Debes verificar si el Convenio Marco establece alguna restricción o condición especial para la compra del bien o servicio que necesitas.

     

En resumen:

 

Puedes utilizar Compra Ágil si encuentras mejores condiciones que las ofrecidas en un Convenio Marco vigente, siempre y cuando la compra no supere las 100 UTM y cumplas con los requisitos del procedimiento.