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Cantidad de Cotizaciones en Compra Ágil

 

La Compra Ágil, como procedimiento especial de contratación pública en Chile, requiere la solicitud de al menos tres cotizaciones a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Este requisito se encuentra establecido en el numeral 1 del literal d) del artículo 7° de la Ley N° 19.886.

 

El artículo menciona que la Compra Ágil es un procedimiento mediante el cual los organismos del Estado pueden adquirir bienes y/o servicios por un monto igual o inferior a 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), "previa solicitud de al menos tres cotizaciones realizadas a través del referido sistema".

 

Es importante destacar que estas tres cotizaciones deben provenir de empresas de menor tamaño y proveedores locales. El artículo 56 de la Ley, dentro del Párrafo 3 que regula las reglas para empresas de menor tamaño en los procedimientos de contratación, refuerza este punto al indicar que la Compra Ágil se realizará con este tipo de proveedores.

 

El objetivo de este requisito es asegurar un mínimo de competencia en el proceso de Compra Ágil y promover la participación de empresas de menor tamaño y proveedores locales en las compras públicas.